Citade Valvince. Buenas. He empezado en junio a trabajar en una empresa y me ha llegado la nómina de ese primer mes, la cosa es que en la nómina no me aparece el irpf por ningún lado, solo el salario base, las pagas prorrateadas, cotización cont comu, cotización formación y cotización desempleo. Quería saber el por qué y si esto es
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Miempresa desde que comencé a trabajar me han retenido un 2% de IRPF y ahora hace cuestión de unos meses me han subido a un 7,88%, con lo cual el dinero que percibo son casi 100€ menor.
Laempresa está obligada a practicar la retención “en la cantidad que se determine reglamentariamente y a ingresar su importe en el Tesoro en los casos y en la forma que se establezcan”, según el artículo 99.2 de la Ley del IRPF. La empresa solamente puede reducirlas por solicitud del trabajador en el caso en el que, tras solicitar
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Enausencia de la práctica del tipo de retención sobre dichos conceptos -salarios de tramitación, etc.- que originase la falta de ingresos por retenciones no practicadas, la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá reclamar al pagador-retenedor, la empresa, las cantidades no retenidas al trabajador sin perjuicio del régimen
Hola mi empresa me ha despedido. En una de las cartas dice que se trata de un despido improcedente y me pagan 4100€. Le digo a mi jefe lo de la papeleta de conciliación y me dice que no, que el despido es procedente y que se amparan al art 54. No debería haber recibido alguna amonestación previa? Gracias.
Tenen cuenta que estos tramos no cubren el total de tu renta. O sea, que si tu base liquidable es de 25.000€ vas a pagar un 19% de IRPF de los 12.450€ primeros. Un 24% de los 7.750€ siguientes (20.200€ menos 12.450€) y un 30% de los 4.800€ restantes. Recuerda también que estos tramos sirven como estimación, pero que hasta el
Puedo pedir que me retengan menos IRPF? De forma general, como trabajador no puedes elegir el IRPF que se aplica en tu nómina. Sin embargo, existe una situación particular donde podrías bajar el IRPF de tu nómina: cuando la cuantía total de las retribuciones sea inferior a 33.007,20 € y el trabajador comunique a su empresa que
Enprimer lugar, debemos destacar que la realización de trabajos ocasionales sin ser autónomo no exime de la obligación de declarar los ingresos obtenidos en Hacienda. Para declarar los trabajos ocasionales realizados, se deberá rellenar el modelo 130 de la Agencia Tributaria, que es una declaración trimestral del IRPF paraUETXI.